Acuerdos MDT-2025-102 y 186

El protocolo no puede quedarse en una plantilla.

Lo elaboramos contigo, lo adaptamos a tu organización y te acompañamos a convertirlo en una ruta que pueda aplicarse y demostrarse.

No es una obligación futura.

La reforma MDT-2025-186 dispuso el control aleatorio del registro del protocolo a partir del 31 de julio de 2026. Para empleadores de 1 a 9 trabajadores aplican los lineamientos ministeriales; desde 10 trabajadores corresponde elaborar, implementar y registrar el protocolo.

Prevención

Sensibilización, capacitación, política de cero tolerancia y comunicación clara.

Identificación

Criterios para reconocer discriminación, violencia, acoso y señales de afectación.

Atención

Canales de denuncia, medidas de protección, actuación interna y medidas de no repetición.

Seguimiento

Monitoreo de casos y evaluación periódica de la aplicación del protocolo.

Una ruta preparada para funcionar.

El alcance se define según la realidad de la empresa y los documentos o procesos que ya tenga implementados.

  1. 01

    Revisamos tu organización

    Número de trabajadores, sedes, reglamentos, canales actuales y medidas ya implementadas.

  2. 02

    Adaptamos el protocolo

    Definimos responsabilidades, procedimientos y rutas coherentes con la realidad de la empresa.

  3. 03

    Lo ponemos en funcionamiento

    Socializamos, capacitamos a los actores responsables y activamos los mecanismos previstos.

  4. 04

    Organizamos las evidencias

    Preparamos los respaldos acordados para el registro, seguimiento y control posterior.

Cuando llegue la revisión, una plantilla no es evidencia de aplicación.

Te ayudamos a organizar el protocolo, su socialización, las responsabilidades internas y los respaldos definidos en la propuesta.

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